sino
que importa lo que la vida espera de nosotros.
Viktor Frankl
Lo que sucedió
en la comunidad de Sánchez Célis, vuelve a poner en tela de juicio la idea oficial
sobre el Estado de derecho y la Seguridad. La acción de las fuerzas armadas y
la Guardia Nacional terminó en una tragedia desde las distintas aristas que se
le quiera ver. Lo que debe obligar no sólo a las autoridades federales, sino
también a nuestras autoridades estatales a reflexionar sobre los saldos que
dejan esos operativos. Nadie plantea que no se persigan los delitos graves como
los que se encuadran en el tráfico de drogas y las conductas antisociales que
los acompañan, pero imposible no ver con preocupación que con dolorosa
frecuencia la pérdida de vidas es la consecuencia de muchas acciones de la
autoridad.
La trágica
jornada de Sánchez Célis no abona a la pacificación del país, a la seguridad que
tanto anhelamos, no disminuye un jeme la magnitud del trasiego de drogas ni
desmantela las agrupaciones que se dedican al crimen. ¿Acaso lo han hecho otras
acciones similares en México o en otros países? En las favelas del Brasil, por
ejemplo, solo aumentaron la violencia en esos barrios pobres. Es hora ya de que
en toda política pública, en especial las que se relacionan a la materia de
seguridad, observen en primer término y en la última instancia la importancia
de la vida humana. Quienes cometen delitos deben pagar por ello, pero en la
cárcel.
El Octavo
Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del
Delincuente, celebrado en La Habana del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990,
buscó ponerle orden y sentido al importante trabajo de las instituciones armadas
y aprobó los llamados Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de
Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley.
Cito las
Disposiciones Generales números 5, 7 y 8, como ejemplo: “5. Cuando el empleo de
las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios encargados de hacer cumplir
la ley:
a) Ejercerán
moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito y al objetivo
legítimo que se persiga;
b) Reducirán al
mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana;
c) Procederán de
modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las
personas heridas o afectadas;
d) Procurarán
notificar lo sucedido, a la menor brevedad posible, a los parientes o amigos
íntimos de las personas heridas o afectadas.
“7. Los
gobiernos adoptarán las medidas necesarias para que en la legislación se
castigue como delito el empleo arbitrario o abusivo de la fuerza o de armas de
fuego por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
“8. No se podrán
invocar circunstancias excepcionales tales como la inestabilidad política
interna o cualquier otra situación pública de emergencia para justificar el
quebrantamiento de estos Principios Básicos.”
La pérdida de siete
vidas de civiles, la incertidumbre para toda la comunidad y la orfandad en
términos de seguridad para toda la zona y la ausencia de la información
imprescindible que la sociedad sinaloense debe tener sobre las acciones de persecución
del delito, llevan a periodistas como Alejandro Sicairos a señalar que “no han
aprendido los estrategas del Ejército que la intervención relámpago contra la
delincuencia, por más secrecía que requiera, ha de llevar implícita la simultánea
difusión de datos y evidencias que enteren oportunamente sobre operaciones
dirigidas contra maleantes y de estricta salvaguarda a los derechos humanos y
respeto a ciudadanos de bien.”
Otra voz
autorizada que reclama la necesidad de información oficial es Miguel Calderón, cabeza
del Consejo Estatal de Seguridad Pública, pues salvando los detalles a que
obliga la naturaleza de esos casos, la información no puede negarse, “porque el
libre flujo de la información es una variable importante para el tema de la paz”.
No podía faltar la opinión de la directora de Iniciativa Sinaloa, Marlén León Fontes:
“Es increíble que a dos días no se tenga respuesta por parte de las
autoridades, que le estén apostando a la discrecionalidad y que no rindan
cuentas.”
Las autoridades
de Sinaloa deben tener opinión sobre ese tipo de operativos y sobre la
estrategia del Estado mexicano para procurar la gobernanza y la paz. Sinaloa es
parte del Pacto Federal y como tal siempre debe estar presente la soberanía estatal.
Dos eventos trágicos nos muestran que no deben repetirse: Jesús María (2023) con
un saldo de 31 muertos entre policías, soldados y civiles y Sánchez Célis con
los 7 mencionados, el pasado 23 de junio.
Las elecciones
de 2018 y las que se llevaron a cabo el pasado día 2 del presente mes,
reiteraron el interés de cambios profundos para el país, mismos que apuntan a
mejorar la vida económica y social, y que ello repercuta en la paz y seguridad
de cada uno de los habitantes. Y la procuración y administración de justicia
son renglones de primer orden en esta nueva etapa del país. La acción de la
autoridad para mantener el orden constitucional bajo la concepción del primer
capítulo de la misma no puede tener como fundamento la violencia, porque ello
es apostar al autoritarismo y a un estado permanente de violación a los
derechos humanos. Las horas de angustia de tres niños atrapados en el fuego
cruzado de Sánchez Célis nos dan mucho material para reflexionar sobre estos
operativos. Vale.
Profr. Oscar Loza Ochoa
Comisión de Defensa de los Derechos Humanos en Sinaloa/Jesús G. Andrade #475 Desp. 8/Culiacán, Sin./CP 80000/ Tel. (667) 712.56.80/oscar.lozao@gmail.com